Nos llega una denuncia pública de la represión sufrida por un compañero miembro del Grupo de Apoyo a los 10, la iniciativa de apoyo a las personas que fueron juzgadas por su participación en una movilización antifascista allá por el año 2015. Los hechos que se cuentan proceden de las Fiestas del Pilar del año 2017, de una de las actividades realizadas por el grupo citado en el Solar del Conejo. Tal y como se explica en el escrito, pagaron primero una multa por exceso de ruido que ni siquiera fue recurrida. Sin embargo, tuvieron que hacer frente a una segunda multa en la que denunciamos un afán represivo y de persecución a los colectivos sociales y en concreto a las actividades realizadas en la calle, en las que se difunden reivindicaciones y protestas en espacios públicos, que son de todo el mundo y cuyo uso no puede limitarse mediante la imposición de sanciones de cualquier tipo, que se convierten en un medio más para intentar amordazar a quien se compromete para lograr una mayor justicia social.  El escrito recalca las irregularidades y arbitrariedades cometidas, sin duda por tratarse de un colectivo social al que se intenta castigar para lograr su escarmiento. Como el propio texto también expresa, no lo han conseguido y la persona afectada ha recibido el apoyo del colectivo y del tejido social que lo rodea.

13 de septiembre de 2018

La madrugada del 12 al 13 de octubre de 2017, J.O.B. fue identificado por miembros de la Unidad de Apoyo Operativo (UAPO) junto a otra persona en las inmediaciones de la calle Universidad, a unos doscientos metros del conocido como Solar del Conejo, y donde media hora antes había terminado un acto organizado por un colectivo social. Su sorpresa vino unas semanas después cuando le llegó una multa, siendo el motivo de la misma el exceso de ruido del acto organizado al que había acudido, y haciéndole a él responsable de la organización del mismo.

Las personas realmente responsables de la organización del acto, decidieron facilitar el abono de esta multa a J.O.B., con la intención de que se cerrase el expediente y no abrir una pelea administrativa al respecto. Pero, lejos de ello, tras abonar esta primera multa, J.O.B. recibió otra, esta vez por realizar un concierto con venta de bebidas alcohólicas sin tener autorización para ello.

Tras la perplejidad del colectivo organizador del acto y del propio J.O.B., decidieron presentar alegaciones facilitando incluso la autorización expresa otorgada por la Junta Municipal del Casco Histórico, y en la que claramente aparece como responsable del acto otra persona distinta del denunciado y perteneciente a un colectivo al que J.O.B. no pertenece. De hecho, la autorización la pidió un sindicato y J.O.B. pertenece a otro.

En esas primeras alegaciones, se aportaron incluso los datos de dos testigos que podían dar fé de que J.O.B. no era ni responsable ni organizador de ese acto, e incluso podían certificar que J.O.B. fue identificado lejos de allí cuando el acto ya había terminado. Estas primeras alegaciones fueron rechazadas por parte del Ayuntamiento.

Se presentó un recurso en el que se volvía a insistir en lo mismo, ampliando la argumentación jurídica y ahondando en el hecho de que era imposible que J.O.B. organizase ningún acto en ese momento y en ese sitio, ya que se había organizado uno por otras personas. Tampoco fue estimado el recurso.

Como última opción antes de agotar la vía administrativa, se presentó un recurso potestativo de reposición, el cual tampoco fue estimado, y finalmente este mes de septiembre, el Teniente Alcalde de Servicios Públicos del Ayuntamiento de Zaragoza agotaba la vía administrativa con la imposición de la multa sin alterar ninguno de sus argumentos iniciales.

Se ha de decir, que por parte de la organización del acto se asegura que ningún miembro de la Policía Local se presentó en el lugar donde se desarrolló el acto. Ni antes, ni durante, ni después, y por consiguiente, ningún Policía Local se comunicó con la organización del acto para informar de que se estaba realizando una medición de ruido ni pedir la autorización para realizar el acto a fin de comprobar que, efectivamente, existía.

Finalmente, el zaragozano J.O.B. ha decidido abonar la multa de 601 euros, rechazando recurrir a instancias judiciales ya que, como ha señalado, “corro el riesgo de agravar más la situación si pierdo ya que tendría que abonar los gastos judiciales”. También ha agradecido el apoyo y ayuda del colectivo organizador del acto que, según la Policía Local y el Ayuntamiento de Zaragoza, había organizado él mismo.

Tanto J.O.B. como el colectivo organizador del acto han mostrado su malestar por una actuación repleta de irregularidades, totalmente arbitraria e injusta, ejecutada por la U.A.P.O. de la Policía Local al acusar a una persona de algo incierto y a sabiendas de que era así, y respaldada por el Ayuntamiento de Zaragoza al no atender a ninguna de las pruebas, hechos y argumentaciones expuestas en los recursos.

 

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver
Privacidad