Mientras se resuelve el Recurso contra la continuidad del proceso judicial contra el expresidente de la Asociación de Inmigrantes Senegaleses de Aragón, vamos a aprovechar para publicar artículos, informaciones o reflexiones que sin ser de nuestra autoría, apoyan nuestros argumentos en contra de esta querella que hemos llamado de perfil étnico. Pensamos que si llega a haber juicio por lo que se ha denunciado en Zaragoza sobre la situación de los manteros, será porque el acusado es negro. Al blanco se lo han quitado de en medio y lo que toca es castigar a quien se atreve a denunciar el racismo institucional contra las personas que luchan por su dignidad y que, además, se atreven a denunciar cuando se abusa de la situación de precariedad y pobreza en la que viven.

Vamos a empezar con una resolución reciente del Parlamento Europeo. No es que nos encanten los pronunciamientos institucionales. Pensamos que es el apoyo mutuo, la solidaridad y el compromiso de quienes aspiramos a una sociedad más justa lo que puede llegar a hacer realidad esa justicia social. Pero cuando tantas organizaciones, medios de comunicación y personas se empeñan en reducir el problema de los manteros y de la venta ambulante a una cuestión simple de aplicación de la legalidad por la vía del derecho penal, olvidando las auténticas causas de fondo del problema, conviene poner sobre la mesa pronunciamientos como éste del Parlamento Europeo que exige el fin de la discriminación contra la población africana en la Unión Europea, reconociéndola como una realidad trágica e incuestionable.

http://www.europarl.europa.eu/news/es/press-room/20190321IPR32133/end-racist-discrimination-against-afro-european-people-in-the-eu

http://www.europarl.europa.eu/doceo/document/B-8-2019-0212_ES.pdf

Considerando que recientemente se ha producido un aumento de los ataques relacionados con la afrofobia dirigidos directamente contra nacionales de terceros países, en particular refugiados y migrantes;

1.Pide a los Estados miembros y a las instituciones de la Unión que reconozcan que las personas de ascendencia africana son objeto de racismo, discriminación y xenofobia en particular, y de desigualdad en el disfrute de los derechos humanos y fundamentales en general, lo que equivale a un racismo estructural, y que tienen derecho a que ser protegidas de esas desigualdades como individuos y como grupo, por ejemplo mediante medidas positivas para la promoción y el disfrute pleno y equitativo de sus derechos;

2.Considera que la participación activa y significativa de las personas de ascendencia africana en los ámbitos social, económico, político y cultural es fundamental para hacer frente al fenómeno de la afrofobia y garantizar la inclusión de dichas personas en Europa;

3.Pide a la Comisión que desarrolle un marco de estrategias nacionales de la Unión para la inclusión e integración sociales de las personas de ascendencia africana;

4.Condena firmemente cualquier ataque físico y verbal contra personas de ascendencia africana en la esfera pública y privada;

5.Anima a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros a que reconozcan y conmemoren oficialmente la historia de las personas de ascendencia africana en Europa, incluidas las injusticias y los crímenes contra la humanidad pasados y presentes, como la esclavitud y el comercio transatlántico de esclavos, o los cometidos bajo el colonialismo europeo, así como los grandes logros y las contribuciones positivas de las personas de ascendencia africana, a través del reconocimiento oficial a escala nacional y de la Unión del Día Internacional de Recuerdo de las Víctimas de la Esclavitud y la Trata Transatlántica de Esclavos, y estableciendo «Black History Months» (meses de la historia, las artes y la cultura negras);

6.Anima a los Estados miembros y a las instituciones europeas a que conmemoren oficialmente el Decenio Internacional de las Naciones Unidas para los Afrodescendientes y tomen medidas efectivas para la aplicación del programa de actividades con un espíritu de reconocimiento, justicia y desarrollo;

7.Recuerda que algunos Estados miembros han tomado medidas para reparar de forma significativa y efectiva las injusticias del pasado y los crímenes contra la humanidad —habida cuenta de sus efectos duraderos en el presente—, cometidos contra las personas de ascendencia africana;

8.Pide a las instituciones de la Unión y a los demás Estados miembros que sigan ese RE\1180216ES.docx7/9PE637.635v01-00ESejemplo, que podría incluir algún tipo de reparación, como presentar disculpas públicamente y devolver objetos robados a los países de origen;

9.Pide a los Estados miembros que desclasifiquen sus archivos coloniales;

10.Hace un llamamiento a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros para que se esfuercen en luchar sistemáticamente contra la discriminación étnica y los delitos de odio, y para que, junto con otras partes interesadas clave, elaboren respuestas políticas y jurídicas a dichos fenómenos que sean efectivas y estén basadas en pruebas; considera que únicamente deben recabarse datos sobre discriminación étnica y delitos de odio con el fin de determinar las raíces del discurso y los actos xenófobos y discriminatorios y combatirlos, de conformidad con los marcos jurídicos nacionales y la legislación de la Unión sobre protección de datos pertinentes;

11.Pide a los Estados miembros que desarrollen estrategias nacionales contra el racismo que aborden la situación comparativa de las personas de ascendencia africana en ámbitos como la educación, la vivienda, la salud, el empleo, la actuación policial, los servicios sociales, el sistema judicial y la participación y representación políticas, y que fomenten la participación de personas de ascendencia africana en programas de televisión y otros medios de comunicación, a fin de abordar adecuadamente su falta de representación y la falta de modelos de referencia para los niños de ascendencia africana;

12.Destaca el importante papel de las organizaciones de la sociedad civil en la lucha contra el racismo y la discriminación, y pide un mayor apoyo financiero a escala europea, nacional y local para las organizaciones de base;

13.Pide que la Comisión preste una atención particular a las personas de ascendencia africana en sus programas de financiación en curso y del próximo período plurianual;

14.Pide a la Comisión que cree, dentro de sus servicios pertinentes, un equipo especializado que preste una especial atención a las cuestiones relacionadas con la afrofobia;

17.Pide a los Estados miembros que pongan fin a la elaboración de perfiles raciales o étnicos en todas las formas de aplicación de las leyes penales, las medidas contra el PE637.635v01-008/9RE\1180216ES.docxESterrorismo y el control de la inmigración, y que reconozcan y combatan oficialmente las prácticas de discriminación y violencia ilícitas mediante una formación contra el racismo y contra los prejuicios destinada a las autoridades;

18.Pide a los Estados miembros que denuncien y desincentiven las tradiciones racistas y afrofóbicas;

19.Pide a los Estados miembros que controlen los prejuicios raciales en sus sistemas de justicia penal y educativos y en sus servicios sociales, que adopten medidas proactivas para garantizar la igualdad de la justicia y mejorar las relaciones entre las autoridades policiales y los grupos minoritarios, garantizar la igualdad en la educación y mejorar las relaciones entre las autoridades educativas y los grupos minoritarios, y garantizar la igualdad de los servicios sociales y mejorar las relaciones entre las autoridades encargadas de los servicios sociales y los grupos minoritarios, en particular con las comunidades negras y las personas de ascendencia africana;

20.Pide a los Estados miembros que velen por que los adultos y los niños de ascendencia africana tengan un acceso equitativo a una educación y una atención sanitaria de calidad y sin discriminaciones ni segregación, y que, cuando sea necesario, prevean medidas de apoyo al aprendizaje adecuadas; anima a los Estados miembros a que hagan que la historia de los pueblos de ascendencia africana forme parte de los planes de estudios y presenten una perspectiva integral sobre el colonialismo y la esclavitud, que también reconozca sus efectos adversos históricos y contemporáneos en las personas de ascendencia africana, y que garanticen que los profesores reciban una formación adecuada para esta tarea y estén debidamente preparados para hacer frente a la diversidad en las aulas;

21.Pide a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que promuevan y apoyen las iniciativas en materia de empleo, emprendimiento y capacitación económica para las personas de ascendencia africana a fin de luchar contra las tasas de desempleo superiores a la media y la discriminación en el mercado laboral a que se enfrentan;

22.Pide a los Estados miembros que aborden la discriminación contra las personas de ascendencia africana en el mercado inmobiliario, y emprendan acciones concretas para abordar las desigualdades en materia de acceso a la vivienda y garanticen unas viviendas adecuadas;

23.Pide a la Comisión y a los Estados miembros de la Unión que, teniendo en cuenta la legislación y las prácticas en vigor, garanticen a los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo unas vías de entrada a la Unión que sean seguras y legales;

….

28.Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos y los Gobiernos de los Estados miembros y a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de E

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