Desde el Grupo por los Derechos Civiles apoyamos y compartimos la denuncia que hace ASAPA del caso de esta persona que va a ser juzgada el próximo 5 de Junio por falsedad documental, a pesar de ser menor de edad.
A.K. entra “ilegalmente” en Melilla y es internado en un CIE, donde manifiesta ser mayor de edad y natural de Burkina Faso con el fin de evitar la extradición a su país. Más tarde, después de recibir su pasaporte, Documento de Identidad y certificado de nacimiento (en los que constaba su minoría de edad) enviados por su familia desde Mali, ingresa en el Centro de Observación y Acogida (COA) dependiente del Servicio de Menores de la DGA.
Como, al parecer, la administración presupone que todos los menores extranjeros mienten, desde el COA se sigue el procedimiento habitual. Es decir: su condición de extranjero prima sobre la de menor. Se traslada a A.K. a extranjería donde, pese a no cometer ningún delito, es interrogado sobre su documentación en los calabozos de la comisaría del Paseo Mª Agustín (en dependencias policiales de adultos), se le toman las huellas dactilares y una foto, se busca su “rastro” en las bases de datos de inmigrantes que tiene la Policía Nacional y la policía científica comprueba la autenticidad de su pasaporte.
Como, al parecer, la administración presupone que todos los menores extranjeros mienten, desde el COA se sigue el procedimiento habitual. Es decir: su condición de extranjero prima sobre la de menor. Se traslada a A.K. a extranjería donde, pese a no cometer ningún delito, es interrogado sobre su documentación en los calabozos de la comisaría del Paseo Mª Agustín (en dependencias policiales de adultos), se le toman las huellas dactilares y una foto, se busca su “rastro” en las bases de datos de inmigrantes que tiene la Policía Nacional y la policía científica comprueba la autenticidad de su pasaporte.
Aunque parezca mentira, este es procedimiento “normal” con un menor extranjero. A partir de aquí empieza lo “irregular”: pese a los documentos que aporta el menor y pese a que el dictamen de la policía científica sobre su pasaporte es que no está falsificado, la declaración que en su momento A.K. realiza en el CIE se prioriza sobre la validez de su documentación. Se solicita a Fiscalía de Menores que autorice la realización de una prueba radiológica para determinar su edad y, sorprendentemente, la Fiscalía autoriza –porque la directiva de FGE de marzo de 2012 ordena realizar la prueba “en caso de duda sobre la edad”.
La radiografía (que es una prueba “aproximativas” con amplio margen de error según las características de cada individuo) estima que A.K. tiene más de 18 años y no menos, como consta en su documentación. Desde ese momento a A.K. se le trata como mayor de edad, es detenido como adulto, pasa dos días en el calabozo, es expulsado del Centro de Acogida y al quedar en libertad se encuentra imputado como adulto de un presunto delito de falsedad documental. Actualmente reside en el Albergue Municipal de Zaragoza.
Aunque todo ese disparate obedece a la supuesta sospecha de que pueda ser mayor de edad, la policía vino a reconocer de forma verbal a la letrada que asistió a A.K. que su pasaporte era aparentemente válido. Más tarde, el informe oficial que la policía científica trasladó al Juzgado dice textualmente en sus conclusiones: “Se estima auténtico el pasaporte analizado”. Pese a esta peritación, pese a que hay abundante documentación sobre lo inexacto de las pruebas de edad y precedentes de juicios ganados por menores en otras comunidades por haber sido considerados como adultos por estos mismos motivos, la Fiscalía de Menores considera que “la única prueba válida para determinar la edad” es la prueba radiológica. Nos preguntamos (y sabemos la respuesta) qué opinaría la fiscalía si el pasaporte fuese canadiense, francés o japonés, por ejemplo, y no africano.
La radiografía (que es una prueba “aproximativas” con amplio margen de error según las características de cada individuo) estima que A.K. tiene más de 18 años y no menos, como consta en su documentación. Desde ese momento a A.K. se le trata como mayor de edad, es detenido como adulto, pasa dos días en el calabozo, es expulsado del Centro de Acogida y al quedar en libertad se encuentra imputado como adulto de un presunto delito de falsedad documental. Actualmente reside en el Albergue Municipal de Zaragoza.
Aunque todo ese disparate obedece a la supuesta sospecha de que pueda ser mayor de edad, la policía vino a reconocer de forma verbal a la letrada que asistió a A.K. que su pasaporte era aparentemente válido. Más tarde, el informe oficial que la policía científica trasladó al Juzgado dice textualmente en sus conclusiones: “Se estima auténtico el pasaporte analizado”. Pese a esta peritación, pese a que hay abundante documentación sobre lo inexacto de las pruebas de edad y precedentes de juicios ganados por menores en otras comunidades por haber sido considerados como adultos por estos mismos motivos, la Fiscalía de Menores considera que “la única prueba válida para determinar la edad” es la prueba radiológica. Nos preguntamos (y sabemos la respuesta) qué opinaría la fiscalía si el pasaporte fuese canadiense, francés o japonés, por ejemplo, y no africano.
Desde ASAPA denunciamos la situación de A.K. y la violación de derechos fundamentales que supone la política de expulsión sistemática amparada en la Instrucción 1/2012 de la Fiscalía General del Estado[1]. A la vista de que los casos como el de A.K. se vienen repitiendo con más y más frecuencia, el Grupo de Menores de ASAPA ya denunció[2] esta práctica hace dos meses.
La Fiscalía de Menores, lejos de cumplir con su obligación de velar por el interés superior del menor, decide arrojar al chico al Alberge Municipal e imputarle arbitrariamente unos cargos carentes de prueba, ¿tal vez apostando por una condena penal para evitar “enojosos” trámites administrativos y expulsarle más fácilmente de nuestro país?
Del mismo modo, el servicio de Protección de Menores ha sido en todo momento cómplice de esta situación, inhibiéndose de su obligación de proteger al menor pese a tener toda la información que se plasma en este documento. Pese a que esta asociación ha informado repetidas veces a sus máximos responsables (Javier Ferrer, Jefe del Servicio de Protección de Menores y Ana Goez, Subdirectora Provincial de Protección a la infancia y Tutela), el Servicio de menores ha mantenido a A.K. en una situación clara de desamparo.
Entendemos que esta forma de proceder:
– desconoce la legislación vigente en materia de menores tanto en el plano interno como en el internacional;
– supone un desprecio hacia los documentos expedidos por países soberanos y que, por tanto dan prueba fehaciente de la edad de un menor, frente a pruebas no contrastadas (como las radiológicas) en las que ni siquiera viene a expresarse el margen de error de las misma;
– se enmarca dentro de una dinámica establecida en el Servicio de Protección de Menores de cerrar cuantos expedientes sea posible;
Asimismo recordamos que una práctica similar en este mismo contexto ya dio lugar a la interposición, por organizaciones defensoras de los Derechos Humanos, de una querella criminal contra el Ministerio Público ante el TSJ de Canarias por delito de prevaricación.
Grupo de Menores de ASAPA –Asociación para el Seguimiento y Apoyo a Personas Presas en Aragón.
[1]Ver el texto de la Directiva [29 de marzo de 2012]:
http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/impresos/INST12012FGE.pdf
[2]La denuncia de ASAPA [20 de marzo de 2013]:
http://asapa.wordpress.com/2013/03/20/nota-de-prensa-sobre-el-registro-de-menores-extranjeros-no-acompanados/