Ayer, 4 de Septiembre, tuvimos conocimiento de la Sentencia Nº 000208/2020, de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Zaragoza que absuelve a Idrissa Gueye de los delitos a los que había sido condenado por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Zaragoza. Se da la razón al recurso presentado por la defensa de Idrissa. Todo lo hecho y dicho por #ZaragozaNoseCalla hasta ahora recobra un nuevo sentido. La proxima semana daremos más detalles de la Sentencia y nuestra valoración.
——————————————————————————————————————–
——————————————————————————————————————–
——————————————————————————————————————–
Ayer se presentó ante la Audiencia Provincial de Zaragoza el Recurso contra la sentencia hecha pública el pasado 7 de Mayo por la que se condenó a nuestro compañero Idrissa Gueye, ex-presidente de AISA, por un delito de injurias graves con publicidad. Es un paso más en este largo proceso en el que intentamos denunciar el racismo institucional, la falta de libertad de expresión y la injusticia social que se ha puesto de manifiesto con esta sentencia condenatoria. Seguimos esperando el único final justo que es el de la absolución.
Ese mismo racismo institucional es el que se pone de manifiesto cuando otro sindicato de funcionarios ha denunciado a Zaragoza en Común por la moción presentada por este grupo en el pleno del Ayto. en la que se pedía un pronunciamiento contra cualquier forma de racismo. Además la moción fue rechazada con los votos de la derecha y la abstención del PSOE. Racismo institucional mayoritario en el pleno del Ayuntamiento de Zaragoza.
La presentación de esta moción y la votación siguiente generaron esta reflexión crítica sobre la realidad del antirracismo:
¿Para que sirve una querella?
Para explotarla políticamente.
Grupo DDCC15mZgz, 8 mayo 2020
Hoy, 8 de mayo, Amnistía Internacional ha denunciado casos de arbitrariedad policial en la imposición de multas durante el estado de alarma. ¡Cómo! ¿No se referirá a la Policía Local de Zaragoza, cuya labor se ha realizado siempre con exquisita profesionalidad? Es, de hecho, el único cuerpo de funcionariado del planeta que no cuenta con un solo miembro que jamás haya cometido un solo abuso o irregularidad. ¿Se querellará alguien contra AI por injuriar y manchar el buen nombre del cuerpo? ¿Pedirá alguien, al menos, una rectificación o explicación pública? ¡Es intolerable!
Ayer, 7 de mayo, murió un torturador apodado Billy y hubo quien le despidió como héroe al que agradecer la democracia.
Ayer, 7 de mayo, una Sentencia del Juzgado de lo Penal nº2 de Zaragoza condenó a nuestro compañero Idrissa Gueye, ex-presidente de AISA, por un delito de INJURIAS GRAVES con publicidad, previsto y penado en los artículos 208, 209, 211 y 215 del Código Penal (sic).
La acusación particular – el sindicato Staz, en representación del buen nombre de la Policía Local de Zaragoza – pedía 2 años de cárcel para Idrissa y más de 15.000 euros entre él y AISA. El ilustrísimo señor magistrado-juez don Eduardo Marquina ha impuesto a Idrissa 900 euros de multa.
Cuando acabe el estado de alarma, la defensa interpondrá recurso en plazo de 20 días hábiles. Queremos que este comunicado sea lo más claro y didáctico posible porque estamos hartas de tanta negligencia informativa, perversión de la ley y manipulación política. Estamos hartas de tanto abuso de poder en tantas direcciones. Vamos a explicar por qué estamos hartas y por qué seguimos convencidas de que la sentencia final será la absolución. Luego, que cada cual saque las conclusiones que más le interesen o, si tiene vergüenza, las que entienda más justas.
*
Tal como señala la sentencia, el motivo de la condena a Idrissa son las expresiones (algunas entrecomilladas y por tanto literales) pronunciadas por el acusado y recogidas en los dos artículos publicados en aragondigital.es los días 12 y 14 de abril de 2018 […]. Para mayor escarnio de los principios más elementales de la práctica de prueba, se añade: Aquí no ha habido una testifical de las dos periodistas firmantes de tales artículos que desvirtuara lo que figura escrito en ellos, ni en su momento se pidió rectificación por el acusado, por lo que la conclusión es que éste, libre y voluntariamente, dijo tales frases. Es decir, se pone todo patas arriba y lo no hecho por la acusación se le reprocha a la defensa. Que sepáis, si estáis leyendo esto, que se trata de algo muy grave porque carga a cualquier persona que hable en público a dedicar toda su vida a vigilar si los periodistas y medios hacen su trabajo con rigor, en lugar de exigir que quien acusa penalmente confirme y demuestre los hechos y su gravedad. En jerga jurídica, in dubio proCONTRA reo: eres culpable si no demuestras lo contrario.
Para absolver a AISA, la sentencia cita el artículo 31bis-1 del Código Penal y añade: para exigir responsabilidad penal a una entidad jurídica el delito tendrá que preverlo expresamente, lo que no ocurre con los delitos contra el honor objeto de acusación, en los cuales solo pueden ser autores personas físicas. Es decir: una persona jurídica, colectivo o institución no puede cometer los delitos contra el honor de los que se acusa a Idrissa.
Sin embargo, para condenar a nuestro compañero, el juez olvida que ¡una institución pública no tiene derecho al honor! ¿Lo olvida? ¿Lo pasa por alto? ¿Lo ignora? ¿Lo obvia? ¿Cuál de esas opciones es más grave? Pues cualquiera, porque la conclusión es una condena sin motivo.
Por si faltaba, se argumenta que procede […] su condena a la pena de multa que se dirá, más beneficiosa que si se aplicara el artículo 504-2 del Código Penal, sin responsabilidad civil en forma de indemnización. Esto exige una última explicación:
El delito se atribuye cometido contra un cuerpo policial (fuerzas de seguridad) y su pena está en el artículo 504-2, pero se condena por el 209 (injurias graves con publicidad), que en todo caso exige una víctima individual. Para poder condenar al acusado, se ha impedido que se pueda defender el delito que realmente debería discutirse. O no conocen el Código Penal o no les importa. Nosotr@s nos inclinamos por lo segundo.
*
Insistimos: publicamos esta explicación porque es muy importante entender lo que está pasando y porque una montaña de jurisprudencia permite criticar las sentencias judiciales.
*
Pues bien: ayer la sentencia fue filtrada por la acusación a varios medios. Tanto el Heraldo del Grupo Heneo como El Periódico del Grupo Zeta repiten los extractos que interesan a la acusación para cumplir con los objetivos que esta querella tenía desde que fue presentada.
El sindicato Staz emitía a su vez un breve comunicado:
«En referencia a la denuncia presentada por STAZ por un delito de injurias y calumnias contra la Policía Local de Zaragoza.»
Mentira: la querella fue presentada originalmente por “delito de odio” (art. 510 CP), pero el disparate jurídico era tal que el Juzgado de Instrucción nº3 cambió los cargos a “injurias y calumnias” – un disparate más fácil de retorcer en la sala de lo Penal.
«Queremos manifestar nuestra satisfacción por el fallo emitido. Habiendo quedado demostrado que el comportamiento y la labor policial se han realizado siempre con exquisita profesionalidad.»
El fallo no resuelve si el acusado juega bien al baloncesto o le gusta ir en bicicleta. Lógicamente, lo juzgado nada tiene que ver con eso, como tampoco avala ninguna “exquisitez profesional” de nadie. Lo que publica Staz y recogen Heraldo y El Periódico es el verdadero motivo de la querella: un objetivo publicitario, propagandístico y político que provoca el abuso de la ley, caiga quien caiga – personas y derechos – por el camino.
Si fuese así, ¿se deduce que, cuando prospere el recurso y nuestro compañero resulte absuelto – como en la totalidad de casos idénticos que han acabado siempre en absolución -, entonces Staz declarará que “ha quedado demostrado que el comportamiento y la labor policial no se han realizado nunca con exquisita profesionalidad”? No, ni lo esperamos. Bastará con que un mínimo sentido común permita aceptar que es absolutamente imposible que ninguna institución en ningún momento de la historia ni lugar del mundo pueda conducirse siempre con exquisita profesionalidad, como es perfectamente comprensible, por otra parte, para cualquier mamífero con el mínimo de neuronas. Partir de esa base obvia es lo que permite mejorar a cualquier institución. Pero para eso hace falta voluntad de mejorar y disposición a respetar escrupulosamente los derechos y libertades de todo bicho viviente, que son la presunta base de nuestra existencia como sociedad.
Pues bien, Idrissa ha sido condenado por lo que no ha dicho y sin ninguna prueba confirmada en juicio. Como si hubiese entrado en la sala con la condena ya impuesta, la cita genuina con la que comenzó esta parodia – Hacen negocio y recogen los beneficios y por ser negros, y punto -, que fue escrita por un blanco, ha llegado intacta a la sentencia contra un negro. Todo lo dicho y todo lo no dicho en el juicio no ha sido digno de valoración, como si pudiésemos habernos ahorrado tanta liturgia. Recordamos, como hemos hecho ya mil veces, de dónde sale ese texto que un periodista copió y pegó en un medio digital para que luego Staz y los principales periódicos manipularan la cita y un juez, ante los argumentos de la defensa, invirtiera la carga de la prueba y considerara “hecho probado” algo que la acusación no se ha preocupado en demostrar. Si hay alguien interesado en entender, que lea las cosas en contexto:
«Ni Tahibou está en el CIE ni Souleymane fue agredido por vender en la calle, sino por ser negros y punto. Cada semana, muchos otros que sí se ven obligados a sacar la “manta” también acaban en comisaría, en el hospital, en un proceso penal, presos en un CIE, con una orden de expulsión o perdiendo su único medio de subsistencia. Todas esas
desgracias son el resultado de una ley injusta, una demagogia criminal, un abuso vergonzoso y una pasividad ciudadana imperdonable. Los problemas sociales no llegan en patera. Los culpables de nuestros problemas vuelan en primera clase, usan coches de lujo, atizan el racismo, hacen negocio y recogen los beneficios. No nos tragamos el cuento de las “mafias” porque conocemos a nuestros vecinos. No tragamos las mentiras de políticos y charlatanes mercenarios. Nadie puede vivir en libertad si quienes le rodean no viven en libertad. Los derechos solo son si son de todos y todas. No hay justicia ni seguridad si no son de todas y para todas las personas que habitamos nuestros barrios [¡aquí!].
La consecuencia más grave de todas es que se siga impidiendo hablar de las raíces de los problemas sociales y que la vida precaria de tantas personas siga ahí, sin voluntad política ni rigor jurídico que resuelvan las causas de nuestros problemas.
Trackbacks/Pingbacks