Hola a todas. Para las excéntricas que aún lean más de cinco minutos seguidos, os compartimos información actualizada sobre las prácticas elegantes del Ayuntamiento de Zaragoza y su Policía Local.
En este enlace podréis recordar que en septiembre de 2021 el Grupo Derechos Civiles 15m Zaragoza presentó una denuncia por “falsedad en documento oficial” contra los dos agentes de la Policía Local de Zaragoza. Los agentes habían redactado en marzo de 2020 dos actas de denuncia por infracción de la “ordenanza municipal de limpieza pública, art.30” sin saber quién había cometido tal infracción. Empezábamos mal: la ordenanza sanciona la “colocación” de carteles en lugares prohibidos, pero los agentes sancionaron la mera “presencia” de carteles. Y como para multar la “colocación” hace falta alguien que “coloque” el cartel (dado que un cartel no puede infringir una norma ni puede ser denunciado), los agentes habían solicitado al padrón municipal los datos de quien había comunicado a Delegación del Gobierno las convocatorias anunciadas en dichos carteles. Luego rellenaron las denuncias y añadieron “informada” e “informada verbalmente”, como si el acta de denuncia hubiese sido escrita in situ.
Tras recibir las alegaciones de la persona denunciada, el Ayuntamiento archivó (¡obviamente!) ambos expedientes. Y como las evidencias de falsedad en documento oficial nos parecían tan claras, pusimos una denuncia. El juzgado, con argumentos de defensor, sobreseyó y archivó esa denuncia. Los agentes afirmaron en sede judicial que en la multa ponía “informada” porque habían “telefoneado” a la persona denunciada “para que no colocara más carteles”. Así pretendían negar nuestra acusación, pero como la trola era tan fácil de comprobar, pedimos que se practicara la prueba oportuna para confirmar la llamada telefónica (no olvidemos que se trataba de esclarecer si los agentes habían “inventado” o “mentido” en la información registrada por su denuncia). Pues adivinad la respuesta del juzgado: sobreseer y archivar. Recurrimos la decisión y el juzgado volvió a decir “no”. En auto de 7 de febrero de 2022, la jueza lo dejó muy claro: “donde se dice informado e informado verbalmente, se presupone que así se hizo a la hora de confeccionar las actas y de hecho fue así”.
Ya es grave que se reconozca presunción de veracidad al testimonio de un agente de policía en cualquier proceso penal –preguntad a los 6 de Zaragoza o a cualquier ‘mantero’-, pero el colmo de las aberraciones jurídicas es que se le reconozca el “poder de producir verdad” incluso cuando declara como acusado, para denegar pruebas, archivar a toda velocidad y evitar un juicio por encima de todo. Una cosa es el derecho a mentir de un denunciado y otra cerrar el caso en falso antes de practicar pruebas, si hay una mínima duda – que la hay, y vaya si la hay. En este caso o en cualquier otro de ‘mayor gravedad’, la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva es cósmica.
Pues eso es lo que el juzgado de instrucción ha hecho y la Audiencia Provincial de Zaragoza acaba de ratificar. ¿Y el ministerio fiscal? Bien, gracias.
Además, para justificar el envío de la multa sin prueba alguna de la responsabilidad del destinatario, los agentes invocaron el artículo 4 de la Ley Orgánica 9/83 reguladora del Derecho de Reunión. “Siempre se ha hecho así”, completó uno de los agentes, a sabiendas (porque seguro que saben leer y porque su obligación es conocer la ley) de que dicha ley tiene tanto que ver con esos hechos como la velocidad con el tocino. Y si lo tienen que saber los agentes, mejor lo sabrá cualquier juez o fiscal, ¿no? Pues no. Lo más triste es que esperábamos este resultado. Sabíamos que, muy probablemente, acabaríamos discutiendo el recurso de amparo al Tribunal Constitucional.
Ahora bien, lo más importante para quienes participamos en el tejido asociativo de esta ciudad es que el mismo método ha servido para imponer otras denuncias a otras vecinas de la ciudad. Por la declaración de los agentes también hemos sabido que esa forma de proceder forma parte de un “protocolo”. Quizá fuese otra de esas mentiras a las que cualquier acusado tiene derecho, o quizá eso explique otros expedientes abiertos de la misma manera antes y después de este caso, por mucho que el reglamento de la PL de Zaragoza exija “actuar con absoluta neutralidad política e imparcialidad y sin discriminación alguna por razón de raza, religión, sexo u opinión; abstenerse de todo acto de corrupción; sujetarse a los principios de jerarquía y subordinación; colaborar con la Administración de Justicia y auxiliarla en los términos establecidos en la ley; impedir cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral; observar en todo momento un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos”. Y citamos ese reglamento por varias razones:
1ª. Porque los dos carteles que “provocaron” las dos primeras multas (y tras ellas nuestra denuncia a dos agentes de PL) anunciaban dos concentraciones de apoyo ante un juicio en el que el Sindicato Staz ejercía la acusación en nombre de la Policía Local de Zaragoza, caso que acabó en absolución ratificada por el Tribunal Supremo. Como hemos dicho, ambas multas acabaron archivadas.
2ª. Porque otro cartel que justificó varias denuncias en marzo de 2021 anunciaba una manifestación en apoyo a los jóvenes condenados a siete años de cárcel sin una sola prueba por acudir a una manifestación antifascista.
3ª. Porque no hace falta ser un lince para ver que, por mucho que un funcionario (policías incluidos) no pueda discriminar por razones ideológicas, estamos ante una práctica persecutoria que se dedica a castigar determinadas protestas, también conocida como burorrepresión política. Nadie que esté leyendo esto y haya pegado un cartel político en su vida puede negar que sea así.
4ª. Porque el Ayuntamiento de Zaragoza debe dar una explicación sobre ese “protocolo” que, por lo visto, incluye tratar datos personales, efectuar indagaciones prospectivas, mentir, invocar leyes ajenas al objeto de sanción y perseguir selectivamente las expresiones de ciertos “colores” políticos.
Seguiremos informando. Si leéis esto y tenéis conocimiento de otros casos similares, poneos en contacto con nosotras en info@derechosciviles15mzgz.net.
Y recordad: cuidémonos entre nosotras. Esa es nuestra arma, mejor que cualquiera de las “reglamentarias”. Esa es la primera condición para una vida mejor y más justa.